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Nuestra misión es asegurarnos de que pague la cantidad mínima de impuestos que exige la ley. Constantemente investigamos y monitoreamos leyes nuevas y existentes que podrían afectarlo. Nuestra misión es brindar a nuestros clientes las mejores soluciones. Dado que somos una empresa basada en relaciones, estamos disponibles durante todo el año para la planificación y asesoría tributaria. Nuestra área de práctica incluye, pero no se limita a las siguientes industrias: servicios profesionales, alta tecnología, restaurantes, bienes raíces, mayoristas y minoristas.

Número de identificación personal del contribuyente (ITIN)

Los ITIN que no se hayan utilizado en una declaración de impuestos para los años fiscales 2017, 2018 o 2019 vencerán el 31 de diciembre de 2020. Además, los ITIN con dígitos del medio 88 (por ejemplo: 9NN-88-NNNN) vencerán el 31 de diciembre de 2020. Esos con dígitos del medio 90, 91, 92, 94, 95, 96, 97, 98 o 99, que fueron asignados antes de 2013 y aún no han sido renovados, también vencerán a fines de 2020.

Requisitos para solicitar / renovar ITIN

El IRS agilizó la cantidad de documentos que la agencia acepta como prueba de identidad y condición de extranjero para obtener un ITIN. Hay 13 documentos aceptables. Cada documento debe estar actualizado y contener una fecha de vencimiento. El IRS aceptará documentos emitidos dentro de los 12 meses posteriores a la solicitud si normalmente no hay una fecha de vencimiento disponible. Los documentos también deben mostrar su nombre y fotografía, y respaldar su reclamo de condición de extranjero. A continuación se muestra la lista de los únicos documentos aceptables:
• Pasaporte (documento independiente) *
• Tarjeta de identificación nacional (debe mostrar foto, nombre, dirección actual, fecha de nacimiento y fecha de vencimiento)
• Licencia de conducir de EE. UU.
• Acta de nacimiento civil (requerida para dependientes menores de 18 años)
• Licencia de conducir extranjera
• Tarjeta de identificación del estado de EE. UU.
• Tarjeta de registro de votante extranjero
• Tarjeta de identificación militar de EE. UU.
• Tarjeta de identificación militar extranjera
• Visa
• Identificación con foto del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los EE. UU. (USCIS)
• Registros médicos (solo dependientes – menores de 6 años)
• Expedientes escolares (solo dependientes: menores de 14 años, menores de 18 si es estudiante)
* Un pasaporte es el único documento que acredita tanto la identidad como la condición de extranjero. Para los dependientes, el pasaporte debe tener una fecha de entrada para ser un documento independiente, a menos que el dependiente sea de Military Overseas. Si se envía un pasaporte, se debe presentar una combinación de dos o más documentos para cumplir con los requisitos del documento.
El pasaporte ya no se acepta como un documento de identificación independiente para dependientes si el pasaporte no tiene una fecha de entrada, a menos que el dependiente sea militar en el extranjero. Los solicitantes deberán presentar (junto con el pasaporte) ya sea:

  • Registros médicos de EE. UU. Para dependientes menores de 6 años, o
  • Registros escolares de EE. UU. Para dependientes menores de 18 años
  • Registros escolares de EE. UU. Para dependientes mayores de 18 años o
  • Declaración de alquiler que incluya el nombre del solicitante y la dirección en los EE. UU. O
  • Factura de servicios públicos que incluya el nombre del solicitante y la dirección en EE. UU. O
  • Estado de cuenta bancario con el nombre del solicitante y la dirección en los EE. UU.